domingo, 18 de agosto de 2013

Potencial trasfondo de la ley de acceso a la información

Desde hace décadas se ha instaurado el proceso de evaluación de impacto ambiental, el cual es una metodología de evaluación de los efectos ambientales que tienen los diferentes proyectos, generalmente de desarrollo o productivos.  La legislación boliviana a través de la ley 1333, "Ley de medio ambiente" establece este procedimiento como un instrumento obligatorio a cumplirse como parte del proceso de obtención de las licencias ambientales, necesarias para que cualquier actividad, obra o proyecto identifique y evalúe sus potenciales impactos ambientales y ejecute medidas de mitigación.
La ley tiene un objetivo principal, preservar la calidad ambiental en el territorio, en vista que un daño hacia el entorno puede de por sí generar efectos hacia el ambiente que por su magnitud pueden alterar la calidad de vida y la salud de muchas personas, efectos que muchas veces pueden prologarse en el tiempo y tener una magnitud y escala tal que pueden crear daños y efectos negativos hacia los diferentes recursos naturales, como ser los recursos hídricos, la vegetación e incluso alterar o afectar a terceras personas, reduciendo, por ejemplo su disponibilidad al agua, ya sea por la reducción de su disponibilidad o degradación de la calidad, o afectando el entorno de vida, como es el caso de la alteración de atmósfera, o daños hacia el territorio colectivo o comunitario, los cuales en muchos casos pueden llegar incluso a ser irreversibles.
Por este motivo, la metodología de evaluación de impacto ambiental incorpora como parte de sus componentes el proceso de consulta pública, que tiene el carácter previo y tiene el objeto de socializar un proyecto con los grupos de interés o potencialmente afectados con el objeto de recurrir a su opinión y consensuar el establecimiento de medidas que permitan mitigar los impactos y reducir los efectos negativos que estos proyectos puedan tener ya sea tanto a los vecinos potencialmente afectados por este o incluso en casos extremos preservar la calidad de ambiental de la sociedad en su conjunto.
Cuando hablamos de efectos ambientales estamos hablando en su generalidad de efectos que pueden tener un nivel amplio de afectación hacia el entorno, ya sea el natural, o el social, por eso se ha establecido la necesidad de establecer un carácter público a la información de este tipo. En la actualidad tenemos que el gobierno a través del ministerio de transparencia está poniendo como parte de la agenda política la denominada ley de acceso a la información, en la cual se pretende establecer algunas áreas de información que pueden ser restringidas al acceso público, entre ellas resalta la información ambiental.
El criterio manifiesto por el proyecto del gobierno, es una ruptura con el concepto básico que debe englobar a la información ambiental, que justamente debido a que esta puede involucrar el interés de la sociedad no solamente en el momento actual o coyuntural, sino en una perspectiva prolongada a nivel temporal, esta no pude tomar carácter reservado.
Esperemos que detrás de este proyecto de ley, no se halle el manifiesto interés de invisibilizar para el conjunto de la sociedad la discusión de los efectos ambientales que generarían varios proyectos que el gobierno piensa encarar en el futuro inmediato; veamos algunos de ellos: Los proyectos hidroeléctricos en norte del país, como es el proyecto de Cachuela Esperanza, un mega proyecto que crearía un área de inundación de aproximadamente 690 km2, con una afectación importante y en muchos casos irreversible al entorno amazónico del extremo norte del país; la carretera entre Cochabamba y Santa Cruz, que recientemente ha generado un conflicto generalizado, aún irresuelto, donde diferentes sectores de la sociedad nacional han expresado su rechazo a este proyecto,  conflicto con una alta fricción con el sector indígena, que ha puesto de manifiesto una política parcializada por parte del gobierno hacia el sector cocalero, uno de los principales interesados en la realización del proyecto, que buscan ampliar el cultivo de esta planta sobre las áreas de influencia directa de esta obra, la cual dañaría de manera irreversible el entorno del Parque Nacional y Territorio Indígena TIPNIS; un otro elemento importante ya incorporado en la agenda de la discusión es, también, la potencial liberación de restricciones a la explotación hidrocarburífera al interior de las áreas protegidas del país, producto de la visión obtusamente desarrollista del gobierno actual, medida que puede deteriorar de manera irreversible el entorno natural y afectar a la amplia riqueza biológica y natural de estas áreas.
Parecería que el gobierno ha aprendido la lección, pero no en el sentido positivo, de entender que muchas de las demandas de los sectores afectados por estos potenciales proyectos deberían ser consensuadas antes de lanzarse a la ejecución de los mismos: Un entendimiento de este tipo no solo sería positivo, sino que proyectaría al gobierno de Evo Morales, allanando puntos de conflicto potencial con diversos sectores sociales y proyectarían una imagen democrática y unificadora del gobierno y lo posesionarían legítimamente como un representante del internes nacional y validarían sus proyectos al futuro.
Lamentablemente, la perspectiva que se presenta con el proyecto actual de esta ley parecen mostrar el interés del gobierno de obtener una armadura legal que le permita obviar la socialización y discusión de estos problemas, optando por la falta de trasparencia y la imposición burda de sus intereses, empleando los resguardos legales que le permitan rehuir la socialización necesaria que deben tener estos proyectos; aspecto negativo que muestra su falta de interés en posibilitar una discusión abiertamente democrática de importantes temas dentro de la agenda política nacional y que en el futuro lo llevaran a profundizar el rechazo y desgaste que ya presenta en amplios sectores de la sociedad boliviana.


18 de agosto de 2013.

martes, 6 de agosto de 2013

Presentación

EJERCIENDO EL DERECHO A OPINAR
La inconformidad opuesta al conformismo es un esencial derecho democrático.
Son abiertas opiniones sobre las temáticas más diversas, siempre y cuando se respete la integridad y dignidad de los otros.
Pluralidad, respeto y libertad de opinión son bienvenidas.