Desde hace décadas se ha instaurado el proceso de evaluación
de impacto ambiental, el cual es una metodología de evaluación de los efectos
ambientales que tienen los diferentes proyectos, generalmente de desarrollo o
productivos. La legislación boliviana a
través de la ley 1333, "Ley de medio ambiente" establece este
procedimiento como un instrumento obligatorio a cumplirse como parte del
proceso de obtención de las licencias ambientales, necesarias para que
cualquier actividad, obra o proyecto identifique y evalúe sus potenciales
impactos ambientales y ejecute medidas de mitigación.
La ley tiene un objetivo principal, preservar la calidad
ambiental en el territorio, en vista que un daño hacia el entorno puede de por
sí generar efectos hacia el ambiente que por su magnitud pueden alterar la
calidad de vida y la salud de muchas personas, efectos que muchas veces pueden
prologarse en el tiempo y tener una magnitud y escala tal que pueden crear
daños y efectos negativos hacia los diferentes recursos naturales, como ser los
recursos hídricos, la vegetación e incluso alterar o afectar a terceras
personas, reduciendo, por ejemplo su disponibilidad al agua, ya sea por la
reducción de su disponibilidad o degradación de la calidad, o afectando el
entorno de vida, como es el caso de la alteración de atmósfera, o daños hacia
el territorio colectivo o comunitario, los cuales en muchos casos pueden llegar
incluso a ser irreversibles.
Por este motivo, la metodología de evaluación de impacto
ambiental incorpora como parte de sus componentes el proceso de consulta
pública, que tiene el carácter previo y tiene el objeto de socializar un
proyecto con los grupos de interés o potencialmente afectados con el objeto de
recurrir a su opinión y consensuar el establecimiento de medidas que permitan
mitigar los impactos y reducir los efectos negativos que estos proyectos puedan
tener ya sea tanto a los vecinos potencialmente afectados por este o incluso en
casos extremos preservar la calidad de ambiental de la sociedad en su conjunto.
Cuando hablamos de efectos ambientales estamos hablando en
su generalidad de efectos que pueden tener un nivel amplio de afectación hacia
el entorno, ya sea el natural, o el social, por eso se ha establecido la
necesidad de establecer un carácter público a la información de este tipo. En
la actualidad tenemos que el gobierno a través del ministerio de transparencia
está poniendo como parte de la agenda política la denominada ley de acceso a la
información, en la cual se pretende establecer algunas áreas de información que
pueden ser restringidas al acceso público, entre ellas resalta la información ambiental.
El criterio manifiesto por el proyecto del gobierno, es una
ruptura con el concepto básico que debe englobar a la información ambiental,
que justamente debido a que esta puede involucrar el interés de la sociedad no
solamente en el momento actual o coyuntural, sino en una perspectiva prolongada
a nivel temporal, esta no pude tomar carácter reservado.
Esperemos que detrás de este proyecto de ley, no se halle el
manifiesto interés de invisibilizar para el conjunto de la sociedad la
discusión de los efectos ambientales que generarían varios proyectos que el gobierno
piensa encarar en el futuro inmediato; veamos algunos de ellos: Los proyectos
hidroeléctricos en norte del país, como es el proyecto de Cachuela Esperanza, un
mega proyecto que crearía un área de inundación de aproximadamente 690 km2,
con una afectación importante y en muchos casos irreversible al entorno amazónico
del extremo norte del país; la carretera entre Cochabamba y Santa Cruz, que
recientemente ha generado un conflicto generalizado, aún irresuelto, donde
diferentes sectores de la sociedad nacional han expresado su rechazo a este
proyecto, conflicto con una alta
fricción con el sector indígena, que ha puesto de manifiesto una política parcializada
por parte del gobierno hacia el sector cocalero, uno de los principales
interesados en la realización del proyecto, que buscan ampliar el cultivo de
esta planta sobre las áreas de influencia directa de esta obra, la cual dañaría
de manera irreversible el entorno del Parque Nacional y Territorio Indígena
TIPNIS; un otro elemento importante ya incorporado en la agenda de la discusión
es, también, la potencial liberación de restricciones a la explotación
hidrocarburífera al interior de las áreas protegidas del país, producto de la visión
obtusamente desarrollista del gobierno actual, medida que puede deteriorar de
manera irreversible el entorno natural y afectar a la amplia riqueza biológica y
natural de estas áreas.
Parecería que el gobierno ha aprendido la lección, pero no
en el sentido positivo, de entender que muchas de las demandas de los sectores
afectados por estos potenciales proyectos deberían ser consensuadas antes de
lanzarse a la ejecución de los mismos: Un entendimiento de este tipo no solo
sería positivo, sino que proyectaría al gobierno de Evo Morales, allanando puntos
de conflicto potencial con diversos sectores sociales y proyectarían una imagen
democrática y unificadora del gobierno y lo posesionarían legítimamente como un
representante del internes nacional y validarían sus proyectos al futuro.
Lamentablemente, la perspectiva que se presenta con el proyecto
actual de esta ley parecen mostrar el interés del gobierno de obtener una armadura
legal que le permita obviar la socialización y discusión de estos problemas,
optando por la falta de trasparencia y la imposición burda de sus intereses, empleando
los resguardos legales que le permitan rehuir la socialización necesaria que
deben tener estos proyectos; aspecto negativo que muestra su falta de interés en
posibilitar una discusión abiertamente democrática de importantes temas dentro
de la agenda política nacional y que en el futuro lo llevaran a profundizar el rechazo
y desgaste que ya presenta en amplios sectores de la sociedad boliviana.
18 de agosto de 2013.
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